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viernes, agosto 28, 2026

La Junta aprueba el Decreto que regula las condiciones de la prórroga de los Presupuestos de la Comunidad a partir del 1 de enero de 2026

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto de prórroga de los Presupuesto de la Comunidad que se encuentran actualmente en vigor, con el objetivo de facilitar y clarificar la gestión diaria de los recursos disponibles en los distintos departamentos de la Junta de Castilla y León.  De esta manera, a partir de 1 de enero de 2026, quedan prorrogados los Presupuestos Generales de la Comunidad de 2024.

El Decreto tiene cuatro artículos, una disposición adicional y una disposición final. Así, el artículo primero establece los créditos que se prorrogan y los que no, siguiendo lo dispuesto en el artículo 107 de la ley 2/2006.

El artículo segundo establece que la disposición de los créditos prorrogados se supeditará en su cuantía al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto vigentes para este ejercicio. La Junta de Castilla y León, a propuesta del titular de la consejería competente en materia de hacienda, podrá acordar la no disponibilidad de los créditos que estime necesarios para su cumplimiento.

El tercer artículo regula el orden y cómo se imputarán los gastos durante el período de prórroga para garantizar el equilibrio financiero en todo momento, de acuerdo con la Orden EYH/1125/2025, de 8 de octubre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2025 y las de apertura del ejercicio 2026.

Asimismo, se determina que los créditos financiados con recursos finalistas podrán imputarse por la totalidad del gasto elegible correspondiente y, por último, se prevé que el consejero de Economía y Hacienda podrá proponer a la Junta la no disponibilidad de los créditos necesarios para así garantizar la cobertura presupuestaria de las retribuciones del personal al servicio de la Administración General e Institucional de la Comunidad.

Por último, el artículo 4 establece el ámbito de aplicación de las normas recogidas en los artículos anteriores.

La disposición adicional matiza que todas las referencias efectuadas al presupuesto de 2026 en la Orden por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2025 y las de apertura del ejercicio 2026 se entienden hechas al presupuesto prorrogado de 2024 para 2026. Por último, la disposición final establece que la vigencia de las condiciones de la prórroga recogidas en el decreto se iniciará el próximo 1 de enero.

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