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miércoles, agosto 19, 2026

La Junta declara peligro medio de incendios forestales del 27 marzo al 6 de abril

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio declara peligro medio de incendios forestales en las nueve provincias de Castilla y León del 27 de marzo al 6 de abril de 2026.

La previsión meteorológica actual indica que durante los próximos días se producirán humedades relativas mínimas por debajo del 30 %, vientos por encima de los 30 km/h e inestabilidad atmosférica en capas bajas. Estas condiciones conllevan un aumento de la probabilidad de ignición, así como de la propagación, elevando el peligro de incendios forestales por encima de la media esperada.

Se solicita a la población colaboración para que extreme la prudencia en sus actividades de trabajo y ocio al aire libre para evitar situaciones de riesgo que puedan producir un incendio forestal.

Esta declaración implica que se reforzarán los medios del operativo INFOCAL para atajar los conatos que puedan producirse.

Se ha reforzado el personal de guardia, tanto de agentes medioambientales como de técnicos especialistas en extinción, se mantienen cuadrillas helitransportadas en todas las bases y todas las autobombas. También hay activados cuadrillas terrestres, unidades de brigada y autobomba y retenes de maquinaria. 

Con efecto de esta declaración entran en vigor las medidas preventivas específicas establecidas para esta época de peligro en la Orden FYM/510/2013 por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas en Castilla y León.

Se suspenden las autorizaciones concedidas para estas fechas de quema en monte y en los terrenos rústicos a menos de 400 metros del mismo, quema de matorral, de pastos, restos agrícolas, forestales y otros restos de vegetación.

Sí podrán hacerse, como hasta ahora, las quemas de restos vegetales acumulados en pequeños montones situados en terrenos labrados, huertos y prados, que requieren comunicación al Servicio Territorial de Medio Ambiente, pero con una antelación mínima de 48 horas respecto a la fecha de realización de la quema y el aviso al agente medioambiental de la zona antes de iniciar la quema.

El lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego requiere de la correspondiente autorización.

No existen restricciones específicas en este periodo para las labores agrícolas.

Se recuerda que, durante todo el año, está prohibido en el monte y a menos de 400 metros del monte la quema de rastrojos; hacer hogueras y fogatas; encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras; tirar fósforos, colillas o cualquier material en ignición al suelo; la quema al aire libre de basureros, vertederos o cualquier acumulación de residuos de cualquier tipo; arrojar fuera de los contenedores de basura, desechos o residuos que con el tiempo puedan resultar combustibles o susceptibles de provocar combustión, tales como vidrios, papeles, plásticos, aerosoles o mecheros, entre otros; aparcar vehículos en los caminos, pistas forestales y cortafuegos, de modo que supongan un impedimento al paso de los vehículos del Operativo de lucha contra los incendios forestales.

Desde la Junta de Castilla y León se confía en que la población siga extremando la prudencia en sus actividades de trabajo y ocio al aire libre para evitar el inicio de un posible incendio y, en caso de producirse, alerte a través del 112. Asimismo, se recuerda que la realización de actividades no permitidas puede causar incendios que ocasionen un grave riesgo para las vidas humanas, poblaciones y otros bienes, así como para nuestro patrimonio natural y cultural, y que, además, pueden ser acciones constitutivas de delito, por lo que se efectúa un llamamiento a la responsabilidad y a la colaboración ciudadana para evitarlas.

Se puede consultar información actualizada sobre las limitaciones existentes para el uso del fuego en la APP Incendios Forestales Castilla y León y sobre los incendios de especial significación en la cuenta de X de naturaleza de Castilla y León (@naturalezacyl).

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