La Fiscalía Superior de Castilla y León archivó definitivamente las diligencias de investigación penal abiertas contra el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, y el consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Carlos Suárez-Quiñones, por la gestión de los incendios del pasado verano.
Según recoge ICAL, el decreto de archivo pone fin a una investigación iniciada en septiembre de 2025 tras una denuncia presentada por una particular por «negligencia grave» en el incendio de Las Médulas, Patrimonio de la Humanidad por la Unesco.
El documento de la Fiscalía concluye que no existen indicios suficientes de responsabilidad penal atribuible a los aforados y destaca que el operativo Infocal y el Plan Anual de Vigilancia, Prevención y Extinción se activaron y escalaron correctamente.
En este sentido, siempre según el rotativo leonés, se clasificaron adecuadamente los niveles de gravedad, se movilizaron medios propios de forma temprana y se solicitaron refuerzos sostenidos al Miteco, especialmente medios aéreos, y a la Unidad Militar de Emergencias (UME).
Asimismo, la información de Diario de León recogida por Ical, asegura que la Fiscalía entiende que la redistribución interprovincial de recursos priorizó la protección de vidas, núcleos poblacionales y espacios de alto valor ambiental y subraya que no fue necesaria la declaración formal de nivel 3 de interés nacional, ya que los refuerzos estatales y militares fueron requeridos y atendidos con antelación.
El Ministerio Público también examina los tipos penales invocados en la denuncia -delitos de incendio forestal, contra el medio ambiente por omisión, prevaricación administrativa por omisión, omisión del deber de impedir delitos- y concluye que ninguno resulta aplicable.
Y es que, como indica, la responsabilidad penal es estrictamente personal y requiere prueba de conducta individual dolosa o gravemente imprudente; no cabe imputación objetiva por el mero cargo ocupado. No se aprecia dolo ni arbitrariedad en la actuación, muchos incendios se originaron por causas naturales (rayos) y, pese a los graves daños, no existe la causalidad penal requerida por la jurisprudencia, esgrime la Fiscalía en su escrito.
El organismo público califica la denuncia como una discrepancia legítima sobre la gestión política y operativa, pero insuficiente para sustentar reproche penal. Subraya que la vía penal no sustituye el control administrativo de legalidad ni el debate político.



