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lunes, enero 12, 2026

El Ayuntamiento obligado a modificar las bases de la plaza de administrativo de tesorería por no cumplir con la ley la Igualdad de las Personas Trans y LGTBI

El pasado mes de octubre, el Ayuntamiento publicaba las bases por las que debía regirse el proceso selectivo para la provisión en propiedad de una plaza de administrativo de tesorería incluida en la OEP 2024 por el sistema de oposición libre y constitución de una bolsa de empleo.

Los interesados en participar en esta oposición debían cumplir los requisitos marcados en la convocatoria y abonar los 10 euros por la tasa de examen, unas bases que

Las bases se publicaban a continuación en el Boletín Oficial de la Provincia de León y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado el 8 de noviembre estableciéndose desde ese momento un plazo de presentación de instancias de veinte días hábiles.

Pues ahora, según reza el Boletín Oficial de la Provincia de León, el Ayuntamiento se ha visto obligado a modificar las bases de esta convocatoria por no cumplir con la ley de Igualdad de las Personas Trans y LGTBI. Y es que vista la Resolución de la Alcaldía número 2025-1314 de fecha 10.12.2025 por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo, existe un escrito, presentado junto a su instancia por Tamara García Gómez en el que señala que «Recurro las Bases a la vista de que en el temario no consta el mandato expreso del artículo 12.1de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI que indica “Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, incluirán en los programas de las pruebas selectivas de acceso al empleo público formación y conocimientos sobre igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI”.

Tras el informe jurídico emitido por el secretario municipal, la Alcaldía «estima el recurso presentado por Tamara García Gómez, declarando la nulidad de las Bases impugnadas, retrotrayendo las actuaciones al momento de su aprobación». Ello obliga a «modificar las Bases mediante la inclusión un tema relativo a la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, aprobarlas, publicarlas en la forma legalmente establecida y abrir un nuevo plazo de presentación de nuevas solicitudes».

No será necesaria la presentación de nueva solicitud por aquellas personas que hubieran presentado solicitud, en plazo, al proceso selectivo cuyo temario se modifica.

Hay que recordar que la oposición consistirá en la realización de dos ejercicios: una prueba teórica (test de 50 preguntas) referenciada al temario y de una prueba práctica, relacionada con las funciones a desarrollar. La prueba tendrá carácter eliminatorio y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarla obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

El segundo ejercicio se realizará únicamente a los candidatos que hayan superado el primer ejercicio, y consistirá en la resolución por escrito, durante un plazo máximo de dos horas, de una pregunta teórica a desarrollar y un caso práctico. Se dará lectura del ejercicio por el aspirante ante el tribunal. La puntuación final, vendrá otorgada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios y el que obtenga la mayor puntuación será nombrado por el alcalde funcionario de carrera. Los aspirantes que habiendo superado los ejercicios de la fase de oposición no hayan sido propuestos por el tribunal por no existir suficientes plazas vacantes, pasarán a conformar una bolsa de trabajo.

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